Parlamento cubano continúa su agenda legislativa
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En la jornada de trabajo de este sábado los diputados cubanos analizan cuatro proyectos de leyes: de los Tribunales Militares; del Proceso Penal Militar; del Ordenamiento Territorial y Urbano y la gestión del Suelo; así como el Código de las Familias.
Parlamento cubano continúa su agenda legislativa.

Estudios Revolución

«Es expresión de que el país se va reanimando», consideró el Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, al referirse al hecho de que el Parlamento cubano volviera a reunirse de manera presencial en el Palacio de Convenciones, tras dos años de restricciones provocadas por la epidemia de la COVID-19 en el país.

Presidida por Esteban Lazo Hernández, presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado, la sesión de trabajo de este sábado es reflejo del amplio ejercicio legislativo que han seguido desarrollando los parlamentarios, a pesar de la compleja situación epidemiológica que se ha vivido en Cuba en estos meses.

En esta ocasión los diputados cubanos analizan cuatro proyectos de leyes: de los Tribunales Militares; del Proceso Penal Militar; del Ordenamiento Territorial y Urbano y la gestión del Suelo; así como el Código de las Familias.

Al presentar los dos primeros proyectos, el presidente del Tribunal Supremo Popular, Rubén Remigio Ferro, comentó sobre la incidencia que tuvo en su actualización el proceso de consulta a los miembros de la Asamblea. Ambos textos, dijo, guardan total sintonía con las leyes aprobadas por esta Asamblea en su sesión anterior, desarrollada el pasado mes de octubre. «Fueron construidas respetando los preceptos constitucionales del país en lo relativo a la impartición de justicia.»

De acuerdo con la información ofrecida por Remigio Ferro, 162 nuevos criterios emanaron de la consulta a los diputados, a las instituciones especializadas, y a los organismos. «Todos los criterios de los diputados fueron conciliados con ellos», aseguró.

De manera general, explicó que se agregaron varios artículos, aunque mayoritariamente la actualización de los proyectos correspondió a modificaciones de redacción para facilitar la comprensión de los documentos.
¿Qué distingue a estos dos proyectos de leyes?

Ley de los Tribunales Militares

  • Se reafirma el carácter independiente e imparcial de los jueces y tribunales en el cumplimiento de sus funciones (artículos 148 y 150 de la Constitución).
  • Se refuerza la práctica de que la mayoría de los conflictos se resuelvan, en primera instancia, por los tribunales militares de región.
  • Los procedimientos para la elección, nombramiento y tránsito de los jueces profesionales por los diferentes órganos e instancias judiciales (carrera judicial), se regulan de forma explícita y trasparente, y se equiparan con los establecidos para la jurisdicción civil.
  • Se regula, con mayor objetividad y racionalidad, la participación de los jueces legos en los actos de impartición de justicia.
  • Los jueces legos de la sala de lo militar del Tribunal Supremo Popular son elegidos por la Asamblea Nacional del Poder Popular.
  • Los jueces legos del resto de los tribunales se eligen por las asambleas municipales del Poder Popular.
  • Participan en los procesos conforme con las necesidades del servicio judicial (asisten al órgano judicial cuando objetivamente se requiera).

Ley de Proceso Penal

  • Amplía el régimen de acceso, comunicabilidad y participación del imputado o acusado, su defensor, la víctima y el tercero en todas las fases del proceso penal militar.
  • Se fortalecen las garantías para el ejercicio del derecho a la defensa, como son conocer las imputaciones en contra y designar un abogado desde el inicio del proceso, proponer pruebas, examinar el expediente, participar en diligencias de investigación que lo requieran y otras.
  • Se precisa que el proceso penal militar se inicia a partir de que la autoridad actuante le comunica al presunto responsable los cargos de que se le acusa, lo que debe realizarse, si la persona se encuentra detenida, dentro de las 24 horas a partir de su detención y, si está en libertad, dentro de los cinco días posteriores a recibirse la denuncia.
  • Se prevé que el fiscal militar pueda prescindir de ejercer la acción penal, en los delitos por imprudencia y en los intencionales, cuyo marco sancionador no rebase los cinco años de privación de libertad.
  • Se regula con mayor precisión el carácter excepcional del empleo de la medida cautelar de prisión provisional, y se refuerza el control judicial –de los tribunales militares– sobre la pertinencia de su imposición y permanencia en el tiempo.
  • Se refuerzan los derechos y garantías de la víctima o perjudicado, entre ellos nombrar abogado que le represente, proponer pruebas y asistir al juicio como ayudante del fiscal. Asimismo, se le confiere la posibilidad de ejercitar la acción civil resarcitoria o de reparación de daños y perjuicios, y otras.
  • Se establece la posibilidad de que el acusado y su defensor expresen su conformidad con la acusación y la sanción que solicite la fiscalía militar. El tribunal militar puede dictar sentencia sin necesidad de realizar el juicio oral y público.
  • Se crean reglas de procedimiento para el juzgamiento de menores de 18 años de edad.
  • Posibilita excluir las pruebas ilícitas o anular actos procesales que vulneren las garantías constitucionales o se ejecuten con inobservancia de las formalidades previstas en la ley, ocasionando perjuicios a los intervinientes.
  • Perfecciona el régimen de recursos contra decisiones judiciales, establece el de apelación contra las sentencias de los tribunales militares de región, y moderniza el recurso de casación, sus causales y efectos.
Foto: Estudios Revolución

Urbanismo y Suelo

En la mañana de este sábado, en los encuentros de los diputados previos al 8vo Período ordinario de sesiones, se realizó un análisis preliminar del proyecto de la Ley del Ordenamiento Territorial y Urbano y la Gestión del Suelo.

Diana Rosa Suárez, directora jurídica del Instituto de Ordenamiento Territorial y Urbanístico, explicó en la presentación de la legislación que la misma no tiene antecedentes en el país. Estos ámbitos estaban regidos anteriormente por un decreto ley del año 1978, ya obsoleto.

El proyecto llega a la Asamblea Nacional del Poder Popular tras un amplio intercambio con diputados, organismos, universidades y población, consultas que llevaron a incorporar alrededor de un centenar de cambios al borrador inicial.

Según comentó el doctor José Luis Toledo Santander, presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos del parlamento, la propuesta ha sido una de las que más opiniones han suscitado entre los diputados en los últimos años.

Debate en la Asamblea Nacional del Proyecto del Código de las Familias
Debate en la Asamblea Nacional del Proyecto del Código de las Familias. Foto: Estudios Revolución

Código de las Familias: atlas de la realidad social cubana

Los diputados intercambiaron sobre el contenido del Proyecto del Código de las Familias que el próximo 21 de diciembre, será discutido durante el Octavo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular en su IX Legislatura.

Luego de ser aprobada en esta instancia, recorrerá un camino que prevé la consulta popular a desarrollarse entre enero y abril del 2022, y retornará a la Asamblea en julio del propio año para definir la fecha del referéndum.

Al hacer la introducción sobre el contenido del documento, el Ministro de Justicia, Oscar Manuel Silveira Martínez, comentó que la actual versión introduce modificaciones luego de recibir 500 opiniones durante el proceso de consultas especializadas con 47 instituciones y organizaciones de toda Cuba, que ocurrió entre los meses de septiembre y octubre.

¿Cómo caracterizar el proyecto? -se preguntó Silveira Martínez- «lo distingue un sello indiscutible de cubanía, para el pueblo que hoy tenemos, con una visión latinoamericana, hemos asumido el derecho comparado, lo más avanzado en el mundo con una mirada multidisciplinaria y de protección a la familia».

El actual Proyecto del Código de las Familias visibiliza otros modelos familiares y aboga por el respeto a la diversidad sobre la base de la protección a principios de igualdad, no discriminación y dignidad humana. A su vez, está considerado como un código respetuoso con un carácter educativo y pedagógico, con un lenguaje que tiene mucho de simbolismo.

Al explicar detalles sobre los 11 títulos y un grupo de disposiciones transitorias y generales, la Dra.C. Yamila González Ferrer, Vicepresidenta de la Unión Nacional de Juristas de Cuba (UNJC) y profesora de Derecho de la Familia de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, agradeció la asistencia al parlamento de la comisión redactora de la norma y la posibilidad de contribuir al conocimiento de los diputados.

Por su parte, Leonardo Pérez Gallardo, Presidente de la Sociedad Cubana de Derecho Civil y de Familia de la UNJC explicó que el texto reconoce la multiparentalidad y las relaciones socioafectivas, promueve un mayor cuidado de los derechos de las personas adultas mayores o en situación de discapacidad, visualiza el fenómeno de la violencia familiar en sus diversas formas, además de los distintos modelos familiares, aboga por el respeto a la diversidad sobre la base de la protección a los derechos humanos y potencia la autonomía progresiva demniñas, niños y adolescentes.

El profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, consideró que el Proyecto del Código de las Familias «apuesta por la felicidad, abre puertas para las alternativas, oportunidades y posibilidades y tiende puentes para el entendimiento y la inclusión».

«El código busca convertirse en un Atlas de la geografía de la realidad social cubana», subrayó Pérez Gallardo.

De acuerdo con el especialista, la norma se parece más a su época que a sus autores y enarbola el principio de la búsqueda de la felicidad como brújula para interpretar y aplicar el derecho de las familias.

El secretario de la Asamblea Nacional, Homero Acosta Álvarez, reconoció la brillantez de la exposición de los especialistas. ¨Hemos llegado a este código porque tenemos una Constitución que modificó y transformó las instituciones fundamentales del derecho de familia, que lo concibió a  diferencia de otras naciones¨, acotó.

Consideró que tenemos que volver la mirada a la ley de leyes, ¨hay varios mitos y conceptos que tenemos que ir deconstruyendo, entre ellos el que plantea que el Código de las Familias es el del matrimonio igualitario. «El texto defiende los principios de igualdad, de no discriminación, ahí está el principio de la dignidad humana, el derecho a fundar una familia».

Al describir las esencias del proyecto, el Secretario de la Asamblea Nacional, apuntó que se trata de una normativa que no impone arquetipos, defiende la igualdad de los hijos y tiene en cuenta las características demográficas de una población más envejecida. «Tenemos que sentirnos orgullosos, y eso tenemos que trasladarlo al pueblo con independencia de cualquier diferencia».

El Primer Secretario del Comité Central del Partido y Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, comentó que cuando «hay profesionales tan humanos y sensibles, capaces de llevar las vivencias de la población a una ley con esa brillantez y robustez, uno de siente muy orgulloso de ser cubano y de tener compatriotas como estos».

Luego de culminar la exposición por los expertos que han trabajado en las 23 versiones del proyecto se suscitó entre los diputados un debate que propuso modificaciones y generó aclaraciones.

El Coordinador Nacional de los Comités de Defensa de la Revolución (CDR), Gerardo Hernández Nordelo, destacó que este es uno de los proyectos de Código Familiar «más avanzados del mundo, cubanísimo y que nos acerca a los propósitos de hacer una Cuba más inclusiva».