Luz verde desde el Parlamento a nuevas leyes en Cuba
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Como parte del amplio cronograma legislativo que se ha diseñado en el país, en la jornada vespertina de este martes, del Octavo Periodo de Sesiones de la IX Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular, los diputados cubanos aprobaron las leyes de Ordenamiento Territorial y Urbano y la Gestión del Suelo; de los Tribunales Militares; y del Proceso Penal Militar.
Un amplio cronograma legislativo se ha diseñado en el país como parte de la actualización que en los más diversos ámbitos, sectores y estructuras vive la nación. Dando cumplimiento a esas acciones, el Octavo Periodo de Sesiones de la IX Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular que inició este lunes aprobó varias leyes.
De tal manera, durante la jornada vespertina de trabajo —que estuvo encabezada por Esteban Lazo Hernández, presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, y contó con la participación del Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez— los diputados cubanos dieron luz verde a las leyes de Ordenamiento Territorial y Urbano y la Gestión del Suelo; de los Tribunales Militares; y del Proceso Penal Militar.
Al presentar a los parlamentarios los elementos más distintivos que caracterizaron el proceso de conciliación y circulación de la primera de esas normativas jurídicas, Samuel Rodiles Planas, presidente del Instituto de Ordenamiento Territorial y Urbano, refirió que se recibieron 223 propuestas, de las cuales se adoptaron 153 como válidas, que se concretaron en 63 modificaciones realizadas al documento inicialmente presentado para su discusión.
El amplio proceso de consulta llevado a cabo con anterioridad a este día no solo incluyó a los diputados, sino que se extendió también a diferentes organismos, universidades y a la población, que contribuyeron a enriquecer el texto primigenio.
Según detalló, a partir de esta normativa jurídica será posible articular y coordinar mejor las diferentes competencias que inciden sobre el territorio,y así regular de forma adecuada las exigencias del planeamiento, la gestión, el control y la disciplina territorial y urbana. Téngase en cuenta, dijo, que el planeamiento urbano tiene que «ser flexible y abierto, de manera que pueda completarse en el tiempo».
Es propósito de nuestro trabajo, aseveró, edificar ciudades más bellas, higiénicas, ordenadas y disciplinadas en el país, sin romper con los valores que cada lugar posee. El texto permite, además, una mayor integración de las normativas definidas sobre estos temas con los planes de desarrollo de la economía a mediano y largo plazos, incluidas las inversiones.
A partir de la aprobación del texto, enfatizó, Cuba dispone por primera vez de una norma jurídica capaz de articular e integrar las diferentes competencias que tienen alcance en los territorios.
De acuerdo con el diputado Santiago Eduardo Lage Choy, presidente de la Comisión de Industria, Construcción y Energía, al presentar el dictamen, «constituye una disposición necesariay novedosa, por la ausencia en nuestro ordenamiento jurídico de normativas relacionadas con esta materia».
Con ella, señaló, se establecen las regulaciones para una adecuada organización y utilización óptima del espacio, con una visión perspectiva del desarrollo,que regula de forma adecuada las exigencias del planeamiento, la gestión, el control y la disciplina territorial y urbana.
El Presidente del Consejo de Estado valoró que es un texto de «alto alcance e impacto en la sociedad, que ha sido muy discutido por toda la población».
En tal sentido, la diputada Inés María Chapman Waugh, comentó que luego de varios análisis de la propuesta de Ley se llegó a un documento muy fortalecido que nos permite ahora avanzar en muchas cuestiones asociadas a desórdenes urbanísticos que hoy se manifiestan en muchos lugares. Asimismo, destacó el alto impacto de la Ley en «los planes de desarrollo económico y social del país».
Estas son cuestiones que tienen que ver con todos, y como tal todos tenemos una responsabilidad en el cumplimiento de lo estipulado, valoró el diputado Gerardo Enrique Hernández Suárez, quien recordó, además, el desvelo constante del Comandante en Jefe por estos temas.
Una vez aprobada la Ley, subrayó el Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, «hay que cumplir con los plazos que en ella se disponen».
En ello, acotó, esta Asamblea tiene una alta responsabilidad, teniendo en cuenta su función de control, un elemento esencial a tener en cuenta siempre que se apruebe una Ley. Disponemos de los mecanismos necesarios para ello —enfatizó— ahora nos corresponde emplearlos en consecuencia.
Aprueban diputados leyes de los Tribunales Militares y del Proceso Penal Militar
Con el objetivo de extender a la jurisdicción militar el fortalecimiento del régimen de garantías establecidas en la Constitución de la República, los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular debatieron y luego aprobaron las leyes de los Tribunales Militares y del Proceso Penal Militar, ante la presencia del Primer Secretario del Comité Central del Partido Comunista y Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez.
El presidente del Tribunal Supremo Popular, Rubén Remigio Ferro, al presentar al Parlamento ambos proyectos comentó queforman parte del proceso de reforma judicial que se viene desarrollando en el país y en consecuencia guardan una estrecha vinculación con la Ley de los Tribunales de Justicia, aprobada por esta misma Asamblea Nacional en el anterior período ordinario de sesiones.
Al igual que los cuatro proyectos presentados en la sesión de octubre, estas leyes de los Tribunales Militares y del Proceso Penal Militar—subrayó Remigio Ferro— son el resultado de un proceso democrático, de amplia participación, en el que aportaron experiencias y conocimientos, magistrados, jueces, fiscales militares, abogados, profesores de las universidades, entre ellas la Universidad Militar de Ciencias Jurídicas Arides Estévez Sánchez, la Unión Nacional de Juristas, así como especialistas de los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR) y del Interior (MININT).
Ley de Tribunales Militares
Con esta Ley de Tribunales Militares, aseveró Remigio Ferro, «se fortalece la justicia como uno de los componentes esenciales de la Cuba, Estado socialista de derecho y la unidad entre los tribunales cubanos».
Para conformar el proyecto de Ley de Tribunales Militares que reemplazará la ley vigente Número 97, del 2002, se recibieron 162 criterios y 162 propuestas, siendo aceptadas 105, mientras que 28 diputados expresaron opiniones, de las cuales fueron aceptadas 25; también aportaron criterios 29 organismos.
José Luis Toledo Santander, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, al dar lectura del dictamen que sobre el proyecto realizó el Grupo parlamentario que dirige, en conjunto con la Comisión de Defensa Nacional y Orden Interior, aseveró que esta normativa jurídica militar tiene el papel trascendental de contribuir al fortalecimiento del orden y la disciplina en las instituciones armadas, piedra angular en el eficiente desempeño de la misión que les establece la Constitución de la República de proteger y mantener la independencia y soberanía del Estado, su integridad territorial, su seguridad y la paz.
La Ley de los Tribunales Militares, en consonancia con los instrumentos internacionales y la Constitución de la República -afirmó Toledo Santander- consolida el régimen de garantías individuales en el fuero militar, al consagrar el principio de la igualdad ante la ley, el derecho de toda persona a que se presuma su inocencia, el de ser oída públicamente y con justicia por un tribunal competente, independiente e imparcial establecido por la ley.
Del mismo modo la norma en discusión informa de principios cardinales para la actividad jurisdiccional tales como la independencia e imparcialidad de los jueces, permitiendo su actuación libre de restricciones, influencia, presión o intromisión alguna; el carácter esencialmente pluripersonal y elegible de los tribunales, su integración por jueces profesionales y legos, revocables y que rinden cuenta de su gestión.
Además, destacó el Presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, la Ley de Tribunales Militares ratifica el derecho de las personas a ser juzgada por los tribunales preestablecidos, con arreglo a los procedimientos legalmente determinados y el respeto a los derechos de las partes, que se destacan en su contenido.
Ley del Proceso Penal Militar
Esta Ley del proceso Penal Militar, propuesta compleja y voluminosa que sustituirá a la Ley número 6 de año 1977, resulta coherente con el derecho procesal penal moderno, afirmó en la presentación del texto ante el Parlamento, el presidente del Tribunal Supremo Popular, Rubén Remigio Ferro.
Para la conformación del proyecto de ley que se aprobó en la jornada de este martes, se recibieron 31 criterios de los diputados y de otros organismos 72 nuevos conceptos, lo que permitió modificar 207 artículos, cuatro de ellos sufrieron cambios sustanciales y en el resto se perfeccionó su redacción.
«El proyecto de Ley del Proceso Penal Militar desarrolla en su ámbito, principios esenciales para la protección de los derechos de las personas sujetas a sus competencias y para el funcionamiento judicial en sí mismo y es coherente con un derecho procesal penal moderno», afirmó José Luis Toledo Santander, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos al realizar el dictamen sobre el proyecto que luego los diputados aprobaron de manera unánime.
La nueva Ley -agregó Toledo Santander- desarrolla ampliamente los fundamentos del debido proceso, en consonancia con los artículos 94 y 95 de la Constitución, estableciendo un procedimiento equitativo, en el cual el procesado tiene a su alcance todas las posibilidades de la defensa.
Al explicar las fortalezas de la recién aprobada Ley de Proceso Penal Militar, el jurista aseveró que incorpora y consolida principios fundamentales como la disposición a la justicia ordinaria, con el cual se relaciona laagregación del recurso de Habeas Corpus, además, el principio de juez natural garantiza el carácter imparcial e independiente del tribunal en su función de impartir justicia, lo cual constituye una prohibición del establecimiento de fueros especiales.
En ambos dictámenes presentados se propuso a los Tribunales Militares, a la Fiscalía General de la República, a los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior, así como a la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, establecer una estrategia de comunicación social que permita el conocimiento de la leyes aprobadas, así como diseñar un sistema de capacitación que permita la debida preparación de sus miembros en los conocimientos técnicos que exige la aplicación de esta leyes.