Una ley imprescindible
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Aprueba la Asamblea Nacional Ley de Migración. Complementa los postulados constitucionales actuales en materia migratoria y es parte de la actualización iniciada en el 2012 de la política y legislación migratorias; incorpora las características presentes del proceso migratorio cubano. Explica la Oficina Nacional de Estadísticas e Información (ONEI) a los diputados sobre la «población con residencia efectiva» en Cuba en la actualidad.
DC ANPP 20072024

Estudios Revolución

La Asamblea Nacional del Poder Popular aprobó este viernes, en votación unánime, la nueva Ley de Migración, como parte de la agenda de trabajo del Tercer Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura, que contó con la asistencia del Primer Secretario del Comité Central del Partido y Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez.

El 1er Coronel Mario Méndez Mayedo, jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería, del Ministerio del Interior, tuvo a cargo la presentación del proyecto de normativa al legislativo, liderado por el miembro del Buró Político y Presidente de la Asamblea Nacional y el Consejo de Estado, Esteban Lazo Hernández.

Méndez Mayedo explicó que entre los fundamentos de la nueva ley está complementar los postulados constitucionales actuales en materia migratoria, y cuyo artículo 52 establece que las «personas tienen libertad de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional, cambiar de domicilio o residencia, sin más limitaciones que las establecidas por la ley».

También, abundó, forma parte del proceso de actualización iniciado en el 2012 de la política y legislación migratorias, e incorpora las características presentes del proceso migratorio cubano.

La normativa busca, además, solucionar la dispersión legislativa en la materia, que se rige hasta ahora por una ley (Ley de Migración 1312 de 1976, actualizada en octubre de 2012), dos decretos leyes, cinco decretos y nueve resoluciones complementarias.

La nueva ley sintetiza más de 45 años de experiencia de aplicación de la legislación vigente; logra un sistema migratorio actualizado, que ofrece respuesta a las proyecciones del nuevo modelo económico y de desarrollo del país; continúa fortaleciendo y regula adecuadamente los vínculos del Estado cubano con sus ciudadanos residentes en el exterior y establece las disposiciones normativas requeridas a tales efectos.

La normativa asume, a su vez, las mejores prácticas internacionales, como sustituir los términos y definiciones actuales de enfrentamiento al extranjero migrante, por las de atención al migrante y prevención de las conductas infractoras, acotó el Jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería.

El experto había explicado previamente algunos aspectos que requerían actualización en el ámbito migratorio cubano, como la limitación a 24 meses para permanecer en el exterior sin perder la condición de residentes; la existencia de un concepto de Residente en el Territorio Nacional que no se ajusta objetivamente a las realidades actuales; el proceso formal de reasentamiento en el territorio nacional; la ausencia de una legislación que desarrolle integralmente el tema de la Ciudadanía; la inexistencia de un tratamiento moderno a la multiciudadanía; o el otorgamiento de la Residencia Permanente solo a extranjeros padres o cónyuges de ciudadanos cubanos.

UNA LEY PARTICIPATIVA

Antes de la presentación final del proyecto de ley al pleno del parlamento, la nueva normativa fue publicada en el sitio web de la Asamblea Nacional, que captó correos especializados y artículos publicados, mensajes de consulados y oficinas de trámites, y consultas mayormente dirigidas a obtener respuestas y plantear dudas.

A instancias del Presidente de la Asamblea Nacional, el análisis también incluyó intercambios previos con diputadas y diputados, en los que se promovieron 67 propuestas, de las cuales 53 fueron acogidas, como explicó en el dictamen sobre la propuesta el Dr. José Luis Toledo Santander, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos.

Toledo Santander, quien solicitó al plenario en nombre de la comisión la aprobación de la nueva ley, recordó que los procesos migratorios son de escala mundial, y el pasado año, según datos de la ONU, involucró a más 280 millones de personas de todas las regiones del planeta, una tendencia a la que Cuba no ha sido ajena.

No obstante, se señalaría por ponentes y durante el debate, en coincidencia con la presentación hecha por el Jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Minint, el proceso migratorio cubano está caracterizado por el bloqueo económico recrudecido; la incorporación de Cuba en la lista de países patrocinadores del terrorismo, y la persistencia de la Ley de Ajuste cubano, medidas dirigidas a deteriorar las condiciones y calidad de vida de nuestro pueblo, que alienta a la emigración y que obliga a muchos a buscar mejorías económicas en el exterior, especialmente en Estados Unidos.

ALGUNAS ESPECIFICIDADES DE LA NUEVA LEY MIGRATORIA

La Ley Migratoria aprobada finalmente por la Asamblea Nacional este viernes, resuelve, entre otros aspectos, la regulación, bajo una concepción integral, del sistema migratorio cubano; establece el principio de “Residencia Efectiva Migratoria”; y norma los derechos migratorios de los ciudadanos cubanos y de los extranjeros que participan en el proceso migratorio, entre estos los derechos de propiedad sobre los bienes que poseen en el país.

Reglamenta las categorías migratorias aplicables a los ciudadanos cubanos y extranjeros; las nuevas figuras migratorias a las que se autorice la Residencia Permanente; y el tratamiento migratorio a ofrecer para los casos de los ciudadanos cubanos que renuncian o pierden esta condición; explicó el 1er Coronel Méndez Mayedo.

Se fijan en ella, además, los requisitos de entrada y salida del país de acuerdo con las nuevas regulaciones que se establecen y la práctica internacional; y el tratamiento migratorio que se ofrecerá a las víctimas del tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas, especialmente de mujeres, niñas, niños y adolescentes.

Establece la participación y facultades de la Policía de Migración en las nuevas funciones de protección al migrante, la prevención y atención de las conductas violatorias de la legislación; permite crear el Fondo de Destinación Financiera para Emergencias Migratorias; y regula el procedimiento administrativo que garantice el derecho de impugnar las decisiones correspondientes de la autoridad migratoria y, una vez agotada esta vía, acceder a un tribunal competente.

OBJETIVOS DE LA POLÍTICA MIGRATORIA

La nueva normativa «regula el proceso migratorio cubano, bajo una concepción sistémica de desarrollo, dirigida a alcanzar una migración regular, ordenada y segura, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República de Cuba, las leyes y los tratados internacionales de los que Cuba es parte en materia migratoria».

Según la ley aprobada, la Política Migratoria tiene como objetivos:
  1. Garantizar el cumplimiento de la legislación migratoria, de extranjería y ciudadanía vigentes, de acuerdo con las características del proceso migratorio cubano;
  2. promover el retorno a la patria de todos aquellos que cuentan con condiciones personales y familiares para hacerlo;
  3. incentivar la participación de los ciudadanos cubanos residentes en el exterior en el modelo económico cubano;
  4. mantener estándares internacionales de manejo del tema migratorio, que se correspondan con una migración bien gestionada, que propicie una movilidad regular, ordenada y segura;
  5. atender a la migración irregular como una prioridad dentro de la Política Migratoria del Estado, a fin de prevenir estos hechos;
  6. centralizar la respuesta del Gobierno, ante la perspectiva de que los movimientos masivos de personas a través de las fronteras internacionales impacten en el territorio nacional;
  7. promover el diálogo y la colaboración internacional con los gobiernos de los países que actúan como destino de la migración cubana desde posiciones de respeto a la soberanía e igualdad, dirigido a la protección de los cubanos que se encuentran en su territorio e incentivar la inserción social; de igual forma con los países de origen de los extranjeros que inmigran hacia el territorio cubano.
  8. orientar la colaboración y el intercambio internacional de buenas prácticas, con organismos internacionales, y otros países, especialmente aquellos de destino del proceso migratorio cubano, bajo la directriz de atender en igual dimensión, a los cubanos que residen en países de menores concentraciones territoriales de migrantes; de igual forma con los países de origen de los extranjeros que inmigran hacia el territorio cubano;
  9. proteger al migrante, a las víctimas de la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, a los cubanos que se encuentren en países afectados por conflictos bélicos y catástrofes naturales, así como controlar los flujos migratorios desordenados;
  10. garantizar los intereses de la Defensa y la Seguridad Nacional en los temas migratorios, de extranjería y ciudadanía.

CUBA Y SUS DATOS DEMOGRÁFICOS ACTUALES

El 31 de diciembre de 2023, Cuba tenía una «población con residencia efectiva» de 10 055 968 personas, según informó a las diputadas y diputados de la Asamblea Nacional del Poder Popular, la Oficina Nacional de Estadísticas e Información (ONEI), a través de su vicejefe, el Doctor en Ciencias Juan Carlos Alfonso Fraga.

El científico presentó el análisis al legislativo para complementar la discusión sobre la nueva ley migratoria y ahondar en el comportamiento del proceso migratorio cubano actual y la compleja dinámica demográfica que enfrenta el país.

Por otro lado, al 31 de diciembre del 2023, refirió, permanecían fuera del país 1 349 733 personas, y de ellas alrededor del 75 por ciento debía ser descontada de los cálculos, por no tener residencia efectiva en el país en el período 2021-2023.

«Población efectiva» es un término adoptado por la ONEI, cuyo algoritmo de cálculo fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado diciembre.

En la presentación de Alfonso Fraga, se indica que en «los tres últimos años se ha intensificado la movilidad de la población cubana hacia el exterior del país con estancias prolongadas fuera», lo cual «no queda reflejado en el cálculo de la población residente, de acuerdo a la metodología actual, al no ser definida como migrante una parte importante de ella según la legislación vigente» si mantiene hasta dos años de permanencia en el exterior, de acuerdo al Decreto Ley aplicado desde el 2013, y la moratoria migratoria de noviembre de 2020 ante la pandemia de COVID-19.

«Por esta razón —agregó— se trabajaron, presentaron y aprobaron criterios y algoritmos estadísticos que modifican las consideraciones metodológicas actuales asociadas a la variable migraciones, que se utiliza en el cálculo de la población anual, introduciendo el concepto de “población con residencia efectiva”», de forma abreviada, “población efectiva”.

Según la metodología de la ONEI aprobada por el Consejo de Ministros, se considera “población efectiva” «a toda la que, en un año calendario, nació en el país o en otro país, pero reside de forma permanente, acumuló 180 días o más de residencia en el mismo durante los últimos 365 días y no ha fallecido».

A partir de estos criterios, para el cálculo de la “población efectiva” se sustraen anualmente de él a todas las personas que fallecieron en el año calendario y las que permanecen o permanecieron fuera del país en viaje personal y no acumularon 180 días o más de residencia en el territorio nacional en los últimos 365 días.

Se trata, argumenta la ONEI, de la medición estadística de la migración, que no tiene que ver con los derechos asociados a dicha condición. El objetivo es obtener un saldo migratorio, para que de conjunto con los nacimientos (que suman) y las defunciones (que restan) calcular la población del país y sus territorios.

La población efectiva de Cuba al 31 de diciembre de 2023 (10 055 968 personas), es, señala la ONEI, un 10,1 por ciento menor a la que se tenía al 31 de diciembre del 2020 (11 181 595 personas) y similar a la que Cuba registró en algún momento del año 1985.

En el período, se informó, la totalidad de las provincias y municipios ven descender su población, un decrecimiento que ha dejado solo como provincias con un millón o más de habitantes a La Habana, que, no obstante, ahora tiene una población por debajo de los dos millones de personas; mientras que Holguín y Santiago de Cuba descienden del millón.

Los mayores decrecimientos proporcionalmente se registran en La Habana, Cienfuegos y Mayabeque y los menores, en Granma, Guantánamo y Santiago de Cuba. En general las provincias y municipios que más decrecen son los de la región centro-occidental.

El panorama demográfico cubano está caracterizado, además, porque, a pesar de que el número de la población femenina es sutilmente superior a la masculina (50,6 por ciento y 49,4 por ciento, respectivamente), tenemos 304 717 menos mujeres en edad fértil (de 15 a 49 años de edad), de las cuales más del 70 por ciento están en edades más reproductivas (de 15 a 39 años de edad).

Esta tendencia, se explicó, incidirá en la continua contracción del número de nacimientos que se registran en los últimos años y que en 2024 debe estar por debajo de los 80 mil nacimientos, la cifra más baja desde 1959.

Al mismo tiempo, agregó Alfonso Fraga, el cálculo de la “población efectiva” ratifica el profundo cambio en la estructura demográfica del país, al tener casi un cuarto de su población (24,4 por ciento) con 60 años y más en el 2023, que llega a 26,2 por ciento en Villa Clara, 24,8 por ciento en La Habana y 24,2 por ciento en Sancti Spíritus, las provincias más envejecidas.

A la vez, dijo, se profundiza el número de adultos mayores por niños de 0-14 años, que alcanza 1 511; o sea, por cada mil niños de esas edades hay 1 511 adultos mayores de 60 años y más, valores que son inclusive mucho más altos en Villa Clara y La Habana.

Al resumir la presentación de la ONEI ante la Asamblea Nacional, el vicejefe de la oficina subrayó que «Cuba registra un significativo ajuste en su estructura demográfica que impacta en planes, programas, proyectos de los ámbitos demográficos, económicos, sociales y ambientales, los cuales deben ser revisados y ajustados en caso que proceda.

«Dada la Dinámica Demográfica que se registra en lo transcurrido en los primeros meses del 2024 —contracción del número de nacimientos y continuidad del movimiento de personas hacia el exterior desde los últimos meses del 2023—, en la actualidad la población de Cuba es menor a diez millones de habitantes y debe seguir decreciendo».