Ley de Transparencia y Acceso a la Información, primera en la historia de Cuba
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Los diputados de la X legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular aprobaron de manera unánime, este jueves, la primera “Ley de Transparencia y Acceso a la Información” en la historia de Cuba

Estudios Revolución
Los parlamentarios cubanos aprobaron la “Ley de Transparencia y Acceso a la Información” durante el tercer periodo ordinario de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular en su X legislatura, un norma que contribuirá al cumplimiento efectivo de las obligaciones de los órganos del Estado y demás sujetos responsables de brindar información pública.
Ante la presencia del Primer Secretario del Comité Central del Partido y Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, correspondió al ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA), Eduardo Martínez Díaz, presentar a los diputados lo que antes fue un proyecto normativo y que a su juicio “constituye la más alta expresión de la voluntad política del Estado y el gobierno de transparentar su gestión, en un contexto de guerra económica y mediática”.
El titular del CITMA enfatizó en cómo esta Ley responde a la indicación del General de Ejército Raúl Castro Ruz cuando expresó en el año 2011 que se debe poner sobre la mesa toda la información y los argumentos que fundamentan cada decisión y, de paso, suprimir el exceso de secretismo a que se habituó el país debido al cerco enemigo.
De igual manera explicó que el texto desarrolla principios y artículos de la Constitución de la República, se inserta en el Modelo Económico y Social Cubano, responde a los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, además de tributar al cumplimiento del Objetivo de Desarrollo Sostenible número 16, el cual plantea la meta de reducir la corrupción administrativa.
Martínez Díaz consideró que la nueva ley regulará la transparencia y el acceso a la información, además, contribuirá al cumplimiento efectivo de las obligaciones de los órganos del Estado y demás sujetos responsables de brindar información pública, y fomentará el control popular sobre los actos de gestión pública.
El ministro precisó que la Ley tiene coherencia con otras normas jurídicas y establece el equilibrio necesario entre la información que se transparenta en la base y la protección de la información para asegurar la defensa y la seguridad nacional.
Un estudio comparado precedió el proceso creativo del proyecto de la Ley para lo cual -apuntó el ministro del CITMA- se revisaron 123 leyes de transparencia y acceso a la información en el mundo, entre ellas 33 países pertenecientes a países de América Latina.
Algunos fragmentos esenciales de la Ley
La disposición normativa define la información pública como aquella que generan o custodian los sujetos en el ejercicio de sus funciones públicas, así como las personas naturales y jurídicas que reciben financiamientos y otros beneficios públicos, contenidas en documentos, grabados o registrados en diversos formados, incluidos los escritos, audiovisuales, de muestra o modelo en cualquier medio o soporte, escrita, dibujada, impresa, registro, magnético, audio, óptico, electrónico, digital o cualquier otro registro de información.
También manifiesta que se consideran excepciones para el acceso, la información clasificada o limitada y aquellas circunstancias, hechos o atributos que, de divulgarse, constituyan un daño, peligro, afectación o violación para la soberanía, defensa y la seguridad nacional, los datos personales, un procedimiento judicial o administrativo en trámites, los derechos de propiedad intelectual, la confidencialidad de datos comerciales y el medio ambiente.
La ley refiere que los solicitantes son responsables de su uso, por lo que, de hacerlo indebidamente, puede generar responsabilidad administrativa, civil o penal, conforme a la legislación vigente.
Los legisladores opinan
Tras la presentación del proyecto y la lectura del dictamen varios diputados pidieron la palabra para expresar sus consideraciones con respecto a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, la cual atravesó por un proceso de consultas hasta llegar a la sesión plenaria del Parlamento.
Como parte de ese proceso, que también incluyó las vías de comunicación de la Asamblea Nacional, así como la consultas de expertos, se recibieron 307 criterios, de los cuales 196 desataron cambios.
La diputada camagüeyana, Daicar Saladrigas, quien por su formación periodística está estrechamente relacionada con la solicitud de información, subrayó que se trata de un proyecto ampliamente debatido, que se presenta en su cuerpo sencillo y sintético.
La directora del semanario Adelante valoró que la entrada en vigor de esta Ley significa un reto para todos los sectores porque implica un cambio de gestión, en ese sentido llamó la atención sobre la necesaria capacitación al tratarse de un concepto diferente de información pública, con un derecho y para el cual hay un proceso de solicitud establecido, argumentó.
En esa línea de pensamiento Lissette Martínez, representante en el parlamento del municipio Habana Vieja resaltó que la implementación supone retos para todos los servidores públicos.
En tanto, el diputado Yoerky Sánchez subrayó que esta ley tributará a un país con más información y más democracia, porque la normativa establece el acceso a una información veraz, objetiva, oportuna, datos que no van en contra de la seguridad nacional, ya que la transparencia no significa publicarlo todo.
El también miembro del Consejo de Estado y director del periódico Juventud Rebelde, aclaró que la Ley abarca aspectos diferentes a los de la Ley de Comunicación Social, entrada en vigor recientemente.
Por otra parte, la viceministra del CITMA, Adianez Taboada, afirmó que la disposición constituye el resultado de una construcción colectiva, y es un acto de valentía de las autoridades del país, que entraña una alta responsabilidad en medio del asedio permanente que padece Cuba de parte de Estados Unidos.
La “Ley de Transparencia y Acceso a la Información” entrará en vigor a los 180 días hábiles siguientes, a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
